Resumen
La Corte Suprema conoció de los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por Compañía de Inversiones Adriático SpA contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó su reclamación bajo el artículo 137 del Código de Aguas. La reclamante cuestionaba la inclusión de sus derechos de aprovechamiento de aguas en la lista de derechos afectos al pago de patente por no uso, según resoluciones de la Dirección General de Aguas. Respecto al recurso de casación en la forma, la Corte lo declaró inadmisible por no concurrir el vicio de extra petita, pues la alegación se refería a argumentos y no a la parte resolutiva del fallo. En cuanto al recurso de casación en el fondo, fue rechazado por manifiesta falta de fundamento, ya que el recurrente no acreditó la existencia de obras de captación, ni logró demostrar que las exigencias legales fueran incorrectas. La Corte sostuvo que la ley no exime del pago por no uso si no existen obras permanentes o no se prueba su existencia. En consecuencia, se confirmó la decisión de la Dirección General de Aguas y se mantuvo la obligación de pago de la patente por no uso.