Resumen del criterio jurisprudencial
Licencia Médica. Licencia postnatal. Tratándose de un nacimiento con certificado de nacimiento extranjero, se exige que este documento esté debidamente legalizado, ante las autoridades locales de dicho país y en el Consulado de Chile, sin que tenga que obtener la cédula de identidad o nacionalidad chilena del recién nacido. En nuestro país, a su vez, dicho certificado de nacimiento, debe ingresar ya apostillado.