Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acogió el reclamo de la Fundación Educacional British Royal en contra de una multa impuesta por la Superintendencia de Educación. La sanción se basaba en la alegada falta de mallas mosquiteras en ventanas de la cocina que dan al comedor de estudiantes. La Corte determinó que las normas citadas (artículos 17 del D.S. N° y 28 del D.S. N°) no establecen explícitamente la obligación de instalar mallas mosquiteras como medida específica. El colegio había adoptado múltiples medidas de higiene y saneamiento básico para evitar vectores. Se revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción y se dejó sin efecto la multa de 40 Unidades Tributarias Mensuales.