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La Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad interpuestos por la defensa del acusad…

Sentencia · Corte Suprema · 2026

Resumen

La Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad interpuestos por la defensa del acusado y por el Consejo de Defensa del Estado contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas que condenó al acusado como autor de cuatro delitos de cohecho agravado. La defensa alegó que se había infringido el artículo 222 del Código Procesal Penal al valorar una interceptación telefónica entre el imputado y su defensor, y que los hechos debían calificarse como cohecho pasivo simple. El Consejo de Defensa del Estado cuestionó la aplicación de la atenuante de reparación celosa del mal causado. La Corte consideró que la interceptación fue legalmente autorizada y que no se vulneró el debido proceso, y que la calificación de cohecho agravado era correcta. Asimismo, desestimó el error en la aplicación de la atenuante. En consecuencia, confirmó la sentencia condenatoria.

Normas citadas

  • Código Procesal Penal
  • Código Penal
  • Artículo 248 bis del Código Penal
  • Ley N° 19.718
  • Artículo 222 del Código Procesal Penal
  • Artículo 31 del Código Penal
  • Artículo 375 del Código Procesal Penal
  • Artículo 36 del Código Procesal Penal
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