Resumen del criterio jurisprudencial
Erasmo Antonio Carrasquel Mudarra, ciudadano venezolano residente en Chile, interpuso un recurso de protección contra el Ministerio del Interior y la Subsecretaría del Interior por la omisión en pronunciarse sobre su solicitud de nacionalización presentada el 20 de marzo de 2023. El recurrente alegó que la demora vulneraba los principios de celeridad, inexcusabilidad y economía procedimental, infringiendo los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880. Los recurridos argumentaron que la solicitud estaba en tramitación y que el plazo de 6 meses no era fatal, citando jurisprudencia y el alto volumen de solicitudes. La Corte consideró que la dilación era ilegal y arbitraria, afectando la garantía de igualdad ante la ley del artículo 19 N°2 de la Constitución. Por ello, acogió el recurso sin costas, ordenando a los recurridos dar celeridad al procedimiento y dictar resolución en 90 días corridos desde la ejecutoria de la sentencia. La decisión se basó en la infracción al principio de celeridad y la discriminación respecto a otros solicitantes.