Administrativo

Los vistos buenos a que se refiere el artículo 69, N° 4, del reglamento de la ley de co…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los vistos buenos a que se refiere el artículo 69, N° 4, del reglamento de la ley de concesiones de obras públicas, son posteriores a la emisión de la resolución de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas que determina la modificación a que se refiere

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.