Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema extiende la responsabilidad subsidiaria y solidaria a las municipalidades demandadas por la nulidad del despido de trabajadores en régimen de subcontratación. Se establece que las municipalidades deben responder por la falta de entero íntegro de cotizaciones de seguridad social durante el período de prestación de servicios. La sentencia condena a ambas municipalidades al pago de remuneraciones y prestaciones desde la fecha del despido hasta su convalidación. Se aplica la sanción prevista en el artículo 162 del Código del Trabajo a las empresas principales.