Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad en contra del artículo 47 inciso primero del D.L. N° 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales, que otorga mérito ejecutivo a los certificados de deuda emitidos por secretarios municipales para el cobro de patentes y otros tributos locales. Las requirentas argumentaron que esta norma vulnera sus derechos a defensa y a un procedimiento racional y justo, al privarlas de la posibilidad de controvertir la obligación en un juicio declarativo. El Tribunal estimó que el certificado de deuda, siendo un documento unilateral emitido por la administración municipal, no proporciona suficientes garantías procedimentales para ser considerado título ejecutivo. La sentencia fue redactada por la Ministra Catalina Lagos Tschorne, con una disidencia de la Ministra Marcela Peredo Rojas.