Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, rechazó el reclamo interpuesto en contra del cargo n°533859, atendido que conforme a la prueba rendida aparece que la autoridad aduanera emitió el cargo correctamente, toda vez que la emisión del cargo se basa en haberse constatado por el fiscalizador, al momento del aforo, un error en la conformación del valor fob de la mercancía consignada en el ítem 4 de la din respectiva y amparada en factura comercial n°bs-20190601 (02), siendo valoradas a un precio inferior a aquellas identificadas y amparadas en factura comercial n° bs-20190601 (01), en circunstancias que conforme a lo observado físicamente corresponden a una misma variedad, composición y diseño de aquellas mercancías señaladas en la última factura, razón por la cual conforme al artículo 2 del acuerdo del valor, aduanas se encuentra facultada para impugnar el valor de transacción declarado por el importador en el ítem 4 de la din, atendido que este no se ajusta al valor de “mercancías idénticas vendidas para la exportación al mismo país de importación y exportadas en el mismo momento que las mercancías objeto de valoración o en un momento aproximado”. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso, mediante sentencia de fecha 20.10.2023, rol tributario y aduanero n°, confirmó la sentencia apelada de 17.01.2023 de fojas 213 a 220 vuelta.