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En virtud de la Ley para un Estado al servicio de una sociedad de confianza (ley ESSOC)…

Resumen del criterio jurisprudencial

En virtud de la Ley para un Estado al servicio de una sociedad de confianza (ley ESSOC), el contribuyente que actúe de buena fe puede rectificar omisiones o errores incluso fuera del plazo legal, sin que se le impongan sanciones y con la posibilidad de reducción de intereses de mora.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.