Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público solicitó declarar inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de la resolución de 5 de agosto de 2026. Dicha resolución había rechazado aprobar un acuerdo reparatorio relativo al delito de violación de morada. El tribunal constató que la resolución impugnada no pone término al procedimiento, ni imposibilita su prosecución, ni lo suspende por más de treinta días. Además, la ley no contempla expresamente recurso de apelación contra la negativa de aprobación de un acuerdo reparatorio. Por ello, no concurre ninguna hipótesis del artículo 370 del Código Procesal Penal. En consecuencia, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió la incidencia y declaró inadmisible el recurso de apelación.