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Invalida fallo que permitía ejecución fuera de plazo legal.

Resumen del criterio jurisprudencial

Invalida fallo que permitía ejecución fuera de plazo legal. Título prescrito no tiene fuerza ejecutiva. Títulos ejecutivos deben encontrarse vigentes al momento de ser presentados a cobro. La sola presentación de la demanda no basta para interrumpir el plazo de prescripción. Se reafirma la importancia de la certeza jurídica y el respeto al término legal establecido en la Ley N°18.092. El plazo de prescripción se cuenta desde el vencimiento de cada cuota, no desde la presentación de la demanda.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.