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La Superintendencia de Seguridad Social revisó el cálculo del subsidio por incapacidad…

Dictamen · Superintendencia de Seguridad Social · 2019

Resumen

La Superintendencia de Seguridad Social revisó el cálculo del subsidio por incapacidad laboral (SIL) otorgado a una trabajadora por licencias médicas desde junio de 2017, tras un reclamo contra una C.C.A.F. El dictamen constató que la entidad aplicó correctamente el subsidio diario en las licencias continuas, pero que en la licencia discontinua N° 48, por cambio de diagnóstico, y en la N° 74 determinó subsidios diarios erróneos, al no considerar el subsidio diario correcto de los meses anteriores para su cálculo. Las cotizaciones previsionales se estimaron correctas, al basarse en la remuneración imponible pactada en el contrato. Por ello, el Superintendente instruyó a la C.C.A.F. reliquidar el beneficio de la interesada respecto de las licencias observadas.

Normas citadas

  • DFL 1 de 2006 Minsal
  • DFL 44 de 1978 Mintrab
  • DFL 44 de 1978 Mintrab, artículo 8
  • DL 2763
  • Ley 16.395
  • Ley 18.469
  • Ley 18.933
Subsidio por incapacidad laboralBase de cálculoSubsidio común

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula el subsidio por incapacidad laboral en licencias médicas discontinuas que cambian de diagnóstico?

En este caso, la Superintendencia de Seguridad Social constató que la C.C.A.F. determinó erróneamente el subsidio diario en las licencias discontinuas por cambio de diagnóstico, al no considerar el subsidio diario correcto de los meses anteriores. Por ello, instruyó reliquidar el beneficio.

¿Procede reliquidar el subsidio por incapacidad laboral si la entidad pagadora calculó mal algunas licencias médicas?

Sí, en este caso el dictamen instruyó a la C.C.A.F. reliquidar el beneficio respecto de las licencias observadas, pues en ellas los subsidios diarios fueron erróneos. Las licencias continuas, en cambio, sí fueron calculadas correctamente.

¿Cómo se verifica si las cotizaciones previsionales están correctas al revisar un subsidio por incapacidad laboral?

En este caso, la Superintendencia estimó que las cotizaciones previsionales eran correctas, porque se basaron en la remuneración imponible pactada en el contrato de trabajo. Por eso no se observaron en el dictamen.

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