Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza recurso de nulidad interpuesto por la Defensoría Penal Pública, por considerar que no aparece que se haya puesto al imputado en una situación desventajosa al privársele de la posibilidad de rendir prueba pericial con el objeto de restar valor de convicción a los peritajes de la contraria por cuanto este objetivo debe ser pretendido mediante la forma señalada en el artículo 318 Código Procesal Penal, vale decir, mediante contraexamen de los peritos y no mediante peritajes producidos para restar mérito a los ya incorporados al juicio, puesto que el propio Código Procesal Penal ha regulado expresamente esta materia.