Se resuelve:
i.- no ha lugar al reclamo interpuesto a fojas 01.
en consecuencia se conf…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2017
Resumen
Se resuelve:
i.- no ha lugar al reclamo interpuesto a fojas 01.
en consecuencia se confirma en todas sus partes la liquidacion n° 119-2, de fecha 30.03.2015, emitida por dirección regional metropolitana santiago centro del servicio de impuestos internos.
ii. que no se condena en costas al reclamante por parecer a este tribunal que pudo haber tenido motivo plausible para litigar, todo de conformidad con el artículo 144 del código de procedimiento civil.
Normas citadas
Código Tributario
Ley sobre Impuesto a la Renta
Código Civil
Artículo 21 del Código Tributario
Ley N° 20.322
Artículo 132 del Código Tributario
Código Orgánico de Tribunales
Código de Procedimiento Civil
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