Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público acusó a don ************** por los delitos de femicidio íntimo y desacato, hechos ocurridos el 18 de noviembre de 2024 en la comuna de ********. Según la acusación, el imputado ingresó al domicilio de su ex conviviente y la agredió con un cuchillo causándole 21 heridas y la muerte por herida cardíaca. Además, se acreditó que el acusado tenía una condena previa por violencia intrafamiliar con prohibición de acercamiento, la cual incumplió al cometer el hecho. La causa fue llevada a juicio oral los días 9 y 10 de abril de 2026 ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán. Mediante sentencia comunicada el 20 de abril de 2026, el tribunal condenó al acusado como autor de ambos delitos. La pena impuesta fue presidio perpetuo calificado por el femicidio cometido en presencia de la hija de la víctima, además de las penas accesorias correspondientes. No se condenó en costas al sentenciado y se ordenó su puesta a disposición del Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes.