Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, ordenando la entrega de la información reclamada, correspondiente al apartado «X.- Opinión del Oficial Investigador» contenido en la Declaración de Historial Personal de la parte requirente. Lo anterior, por cuanto, se advierte que, no obstante contener el documento datos personales de su grupo familiar, aquellos representan el motivo o fundamento del acto administrativo que se pronuncia desestimando la postulación de la parte reclamante, resultando procedente que tome conocimiento de aquellos, por representar en núcleo de la decisión adoptada por la autoridad administrativa, enervando la reserva de la información la posibilidad de que el solicitante pueda ejercer control ciudadano respecto de la decisión adoptada por el organismo, y deducir, eventualmente, los recursos o acciones administrativas o judiciales que pudiera considerar a su juicio procedentes. Atendido el contenido de la información, la entrega deberá efectuarse de manera presencial, previa acreditación de identidad de la parte requirente o de su apoderado, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 4.3. de la Instrucción General N°10 de este Consejo Finalmente, considerando que los antecedentes del amparo dan cuenta de circunstancias de la vida privada de la parte reclamante, se dispuso la reserva de su identidad, tanto en la presente decisión como en los registros de este Consejo.