Resumen del criterio jurisprudencial
El querellante Erwin Bernardo Ojeda Soto interpuso una querella por el delito de denuncia calumniosa contra Jorge Yohel Ojeda Vidal. El Ministerio Público decidió no perseverar en la investigación, lo que fue comunicado en audiencia del 30 de mayo de 2025. El querellante apeló esta decisión, argumentando que existían diligencias pendientes. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó la resolución recurrida, señalando que la decisión de no perseverar no es apelable según el artículo 370 del Código Procesal Penal, ya que no pone término al procedimiento ni hace imposible su prosecución. Además, el querellante no compareció a la audiencia para oponerse. Por lo tanto, se rechazó el recurso de apelación.