Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Coelemu, referido a la entrega de copia de los planos y documentos que se reemplazan, agregan o eliminan en la Resolución que aprueba modificación de proyecto que indica, que son complemento directo y esencial de la resolución requerida. Lo anterior, por cuanto, la respuesta entregada por el organismo reclamado satisface el tenor literal de la solicitud de acceso a información. Sin perjuicio de lo anterior, se recomienda a la Municipalidad de Coelemu, entregar a la reclamante copia de los planos y documentos que se reemplazan, agregan o eliminan (puntos 8.1. y 8.2. de la Resolución que aprueba modificación de proyecto de edificación Nº 02, de fecha 22 de agosto de 2025), que son complemento directo y esencial de la resolución entregada, en aplicación de los principios de máxima divulgación y facilitación consagrados en el artículo 11, literales d) y f), respectivamente, de la Ley de Transparencia. Finalmente, se hace presente a la parte recurrente que puede formular en el futuro una nueva solicitud de acceso a información ante la Municipalidad de Coelemu, indicando con claridad y precisión la información que requiere le sea otorgada.