Resumen
Se resuelve: i. no ha lugar a la solicitud de declaración de inadmisibilidad del reclamo de autos, efectuada por el servicio de impuestos internos, en lo principal de su presentación de fojas 43 de autos. ii. no ha lugar al reclamo interpuesto a fojas 01 por don pablo andrés faundes beckdorf, en representación de don francisco javier frei ruiz-tagle, rut n°, y de las sociedades que éste representa legalmente inversiones san nicolás s.a. rut n°, y servicios de envasado y bodegaje limitada, rut n°, todos ya individualizados, en procedimiento especial de vulneración de derechos en contra del servicio de impuestos internos. iii. no se condena en costas a la reclamante, por haber tenido motivo plausible para litigar.