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La corte de Luxemburgo respondió al tribunal de Bucarest que una normativa de un Estado…

Resumen del criterio jurisprudencial

La corte de Luxemburgo respondió al tribunal de Bucarest que una normativa de un Estado miembro que no permite reconocer y anotar en el certificado de nacimiento de un nacional el cambio de nombre y de identidad de género legalmente adquirido en otro Estado miembro, en este caso en el Reino Unido, es contraria al Derecho de la Unión.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.