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La Delegación Presidencial de Tarapacá denunció a Banco Consorcio por no comprobar la p…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Delegación Presidencial de Tarapacá denunció a Banco Consorcio por no comprobar la permanencia del encargado de seguridad acreditado al momento de los hechos. El tribunal de primera instancia condenó al banco. La Corte de Apelaciones de Iquique revocó la sentencia y absolvió al denunciado. El tribunal consideró que, aunque al momento de los hechos no se pudo comprobar la permanencia, el banco demostró en la audiencia haber resuelto la falencia. En uso del arbitrio del artículo 3, inciso décimo, del Decreto Ley N°3.607, se decidió absolver. La decisión se basó en la facultad discrecional del juez para evaluar la subsanación de la infracción. Se aplicaron también los artículos 32 y siguientes de la Ley Nº18.287.

P.local-apelacion sentencia definitiva

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.