El artículo 9° de ley N° 18.918, no habilita para requerir a una entidad información qu…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2012
Resumen
El artículo 9° de ley N° 18.918, no habilita para requerir a una entidad información que corresponda a otra, sino que el requerimiento debe ser hecho directamente a esta última, cuyo jefe superior es el responsable de dar cumplimiento a la petición.
Normas citadas
Ley 18.918
Oficio N° 126, de 2012
ContraloríaCGRdictamenaguas
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