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La Contraloría General de la República analizó una solicitud de reconsideración de una…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República analizó una solicitud de reconsideración de una funcionaria de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, quien pedía que se le reconociera el derecho a percibir la asignación profesional en razón de su diploma de Ingeniero en Geomensura, otorgado por el Instituto Profesional Diego Portales como programa de continuidad de estudios. Un dictamen anterior había concluido que dicho diploma, pese a tener naturaleza de título profesional, no cumplía los requisitos del artículo 5° de la ley N° 19.699. Con el nuevo antecedente acompañado, consistente en un oficio del Ministerio de Educación que certificó que la malla y el programa de estudios satisfacen las condiciones exigidas, el organismo acogió la solicitud, reconsideró el pronunciamiento previo y determinó que el diploma habilita a la interesada para percibir el beneficio reclamado.

Normas citadas

  • ley 19699 art/5
  • ley 19699 art/2 tran
  • dl 479/74 art/3
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un diploma de continuidad de estudios de un instituto profesional da derecho a la asignación profesional de la ley 19.699?

En este caso, la Contraloría General de la República acogió la reconsideración y determinó que el diploma de Ingeniero en Geomensura, otorgado como programa de continuidad de estudios, habilita a la interesada para percibir la asignación profesional. Lo decisivo fue un oficio del Ministerio de Educación que certificó que la malla y el programa cumplen las condiciones exigidas.

¿Qué efecto tiene un nuevo antecedente que certifique el cumplimiento de requisitos en un dictamen previo que negó un beneficio?

En este caso, la Contraloría consideró que el nuevo antecedente, consistente en la certificación del Ministerio de Educación sobre la malla y el programa de estudios, justificaba revisar el pronunciamiento anterior. Tras esa reconsideración, dejó sin efecto la conclusión previa que había negado el beneficio.

¿Puede un título profesional no cumplir los requisitos de la asignación profesional aunque tenga naturaleza de título?

En este caso, el organismo había concluido en un dictamen anterior que el diploma, pese a tener naturaleza de título profesional, no cumplía los requisitos del artículo 5° de la ley N° 19.699. Posteriormente, con la certificación ministerial, esa conclusión fue reconsiderada y se reconoció el derecho al beneficio.

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