Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema acogió un recurso de protección interpuesto por los padres de una estudiante de 2° básico cuya matrícula fue rechazada por el colegio debido a deudas pendientes del padre. El colegio bloqueó el acceso al sistema de matrícula cuando el sostenedor incurrió en mora con la cuota de octubre de 2024, impidiendo que la familia completara el proceso de inscripción. Posteriormente, el colegio comunicó que no mantendría los cuatro cursos de 2° básico para 2025. La sentencia determinó que esta negativa vulneró el derecho a la igualdad y el derecho a la educación, ya que la Ley General de Educación prohíbe cancelar matrículas o suspender alumnos por falta de pago durante el año escolar. Se ordenó al colegio matricular a la estudiante para el año 2025.