Resumen del criterio jurisprudencial
Tratándose de trabajadores afectos a una distribución de jornada que implique laborar un número distinto de horas en cada día hábil que comprende la jornada semanal, el descuento de días no laborados debe determinarse en base a las horas no laboradas en dicho lapso y no el valor del día, toda vez que el tiempo trabajado debe pagarse en correspondencia absoluta con la remuneración convenida