Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana acogió el reclamo de Transportes Santa Maria S.A. contra las Liquidaciones N° 348, 349, 350 y 351 del SII, que ordenaban el reintegro de devolución indebida por $50.673.968. El SII consideró que las remuneraciones pagadas a directores no cumplían los requisitos del artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta, por no haber sido aprobadas en juntas ordinarias de accionistas. La reclamante argumentó que una junta extraordinaria de accionistas de fecha 30 de octubre de 2012 ratificó las dietas de los períodos fiscalizados. El tribunal determinó que la junta extraordinaria era válida para subsanar la omisión y que los gastos eran necesarios para producir renta. En consecuencia, dejó sin efecto las liquidaciones y no condenó en costas al SII por haber motivo plausible para litigar.