Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Ambiental rechaza en todas sus partes la reclamación judicial interpuesta por Don Toro SpA contra la Resolución Exenta N° 1282/2026 de la Superintendencia del Medio Ambiente, que impuso una multa de 37 Unidades Tributarias Anuales por infracción a la norma de emisión de ruidos. La parte reclamante alegó una deficiencia metodológica en la determinación del ruido de fondo, al haberse utilizado el nivel medido en el receptor 1‑1 para los receptores 1‑2 y 1‑3. El Tribunal constató que dicho vicio no es esencial ni genera perjuicio, puesto que la medición del receptor 1‑1 muestra una excedencia de 20 dB(A) respecto al límite normativo. En consecuencia, la infracción queda configurada y la sanción se mantiene. Se aplicó el principio de conservación del acto administrativo para validar la resolución sancionatoria. No se condena en costas a la parte reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.