Laboral

) La Dirección del Trabajo carece de competencia para autorizar sistemas especiales de…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 1996

Resumen

) La Dirección del Trabajo carece de competencia para autorizar sistemas especiales de distribución horaria de jornada de trabajo, descansos y esperas entre turnos laborales, aplicables al personal de choferes y auxiliares de la locomoción colectiva interurbana. 2) El personal de choferes del servicio de locomoción colectiva "Cajón del Maipo-Santiago", por desempeñarse en un servicio interurbano, debe ajustarse, en materia de jornada de trabajo, al artículo 25 del Código del Trabajo.

Normas citadas

  • Código del Trabajo
  • Artículo 25 del Código del Trabajo

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