Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de nulidad deducido contra la sentencia de primera instancia que condenó a la Cuarta Notaría de Temuco al pago de indemnizaciones por vulneración de derechos fundamentales. La trabajadora Carmen Luz Jara Aravena fue despedida luego de que la empleadora revisara sus conversaciones privadas de WhatsApp en el computador de la oficina. La sentencia de primera instancia acogió la tutela laboral por infracción del artículo 19 N°5 de la Constitución Política que protege la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. La Corte confirmó que el acceso a las conversaciones privadas constituyó una vulneración de derechos fundamentales, condenando al pago de más de 30 millones de pesos en indemnizaciones y recargos.