Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenando la entrega de copia de la resolución exenta que se indica, por tratarse de información pública, respecto de la cual el organismo no dio respuesta a la solicitud. No obstante, se tiene por entregada la información en mérito de los antecedentes puestos a disposición con posterioridad a la interposición del reclamo. Se representa al Servicio la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, como al principio de oportunidad consagrado en el artículo 11, letra h), del mencionado cuerpo legal, al no haber dado respuesta a la solicitud dentro del plazo legal.