Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la SEREMI de Salud Región de Valparaíso, ordenando la entrega de copia íntegra de las resoluciones finales de sumarios sanitarios dictadas durante los años 2021, 2022, 2023, 2024 y lo que va de 2025, en las que se haya sancionado o absuelto a empresas o personas naturales por infracciones al Decreto Supremo N° 977/96, Reglamento Sanitario de los Alimentos, específicamente respecto de las materias que indica, debiendo el órgano tarjar, previamente, los datos personales de contexto que pudieran estar contenidos en la documentación que se entregue, tales como el número de cédula de identidad, domicilio particular, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono y correo electrónico particular, entre otros. Lo anterior, por tratarse de información que obra en poder del órgano requerido, conforme a sus funciones y obligaciones legales, y por haberse desestimado la concurrencia de la causal de reserva de distracción indebida de los funcionarios del Servicio, por no acreditarla fehacientemente. Asimismo, por tratarse de la misma documentación que ya fue entregada por parte de las SEREMIs de Salud de Antofagasta, Coquimbo, Bio Bio y la Región Metropolitana. Sin perjuicio de lo anterior, se concederá un plazo prudencial más extenso a la recurrida para dar cumplimiento a lo resuelto en el presente acuerdo. Finalmente, se representa al órgano la infracción al artículo 14 de la Ley de Transparencia, por no haber entregado respuesta a la solicitud, dentro de los plazos legales.