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La ley viene a reconocer derechos y obligaciones incluso después de cesada la convivenc…

Resumen del criterio jurisprudencial

La ley viene a reconocer derechos y obligaciones incluso después de cesada la convivencia de los adultos, ya que no puede supeditarse el interés de un niño o adolescente a presupuestos de hecho en lo que no puede tener injerencia, como es la decisión de personas mayores de edad de convivir o no, sino que aquí lo que verdaderamente nos debe interesar es el vínculo de ese niño o adolescente con el cónyuge o la pareja de su progenitor.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.