Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte mantuvo la multa de 100 UTM aplicada por la Superintendencia de Educación, por contar con un protocolo de actuación frente a hechos de connotación sexual que no cumplía con el contenido mínimo exigido por la normativa —en particular, respecto de responsables, plazos, medidas de protección y mecanismos de denuncia— y por no haber activado oportunamente dicho protocolo ante la denuncia de una situación de abuso sexual entre estudiantes, al no informarse de inmediato a las autoridades del establecimiento.