Resumen del criterio jurisprudencial
Ley Nº 16.744. Para evaluar la incapacidad es necesario que ésta se encuentre configurada, esto es, que no existan terapias pendientes.
Ley Nº 16.744. Para evaluar la incapacidad es necesario que ésta se encuentre configurada, esto es, que no existan terapias pendientes.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.