Resumen del criterio jurisprudencial
Andrés Salas Retamal, titular de una cuenta corriente y de un crédito hipotecario con el Banco de Chile, solicitó la portabilidad de su crédito a Scotiabank tras la entrada en vigencia de la Ley 21.236. El Banco de Chile le ofreció diversas tasas (2,71 %, 2,17 %, 2,0 %) que el cliente nunca concretó ni aceptó, y sus intentos de portabilidad en línea tampoco se materializaron. Salas Retamal interpuso reclamo ante el SERNAC y demandó a ambos bancos por presunta infracción a la normativa de portabilidad financiera y al estatuto de protección al consumidor. La Corte, analizando los correos electrónicos y la falta de cierre de cualquier oferta, determinó que no existió incumplimiento por parte de los bancos. En consecuencia, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la demanda sin costas, manteniéndose la decisión de que los bancos no son responsables del fracaso de la portabilidad.