Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, solo en cuanto no derivó oportunamente el requerimiento al organismo de la Administración del Estado con competencia en la materia. Lo anterior, por cuanto dicha actitud implica una infracción al artículo 13 de la Ley de Transparencia y al principio de oportunidad regulado en el artículo 11, letra h) del mismo cuerpo legal.