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Resolvió que el Código del Trabajo no es aplicable de manera supletoria al personal de…

Resumen del criterio jurisprudencial

Resolvió que el Código del Trabajo no es aplicable de manera supletoria al personal de la Atención Primaria de Salud regido por la Ley N°19.378, y que el ius variandi del artículo 12 tampoco procede en este régimen, dado que existe la figura específica de la destinación.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.