Resumen del criterio jurisprudencial
Alfredo Rock Tarud solicitó a la Dirección General de Aguas la constitución de derechos de aprovechamiento no consuntivo de aguas superficiales en el río Longaví. La DGA denegó la solicitud mediante resolución N° 00364 de 2006. Rock Tarud interpuso un recurso de reclamación ante la Corte de Apelaciones de Talca, la cual acogió el recurso y ordenó a la DGA constituir los derechos solicitados. La Junta de Vigilancia del Río Longaví y sus afluentes dedujo recurso de casación en la forma y en el fondo contra dicha sentencia. La Corte Suprema acogió el recurso de casación en la forma por las causales de ultra petita y omisión de decisión del asunto controvertido, dejando sin efecto la sentencia de la Corte de Apelaciones y reponiendo el procedimiento administrativo al estado de notificar la solicitud inicial. No se pronunció sobre el recurso de casación en el fondo.