Resumen
Los demandantes, propietarios de sitios en un villorrio en San Francisco de Mostazal, interpusieron una acción de amparo de aguas contra Agrícola La Roblería Limitada y José Meza Bañados, alegando que estos, mediante entubamientos y obras civiles, impidieron el flujo natural de aguas de una vertiente hacia sus predios, afectando sus derechos de aprovechamiento de aguas. El Primer Juzgado Civil de Rancagua acogió la demanda, ordenando la restauración del cauce y la supervisión de la DGA. La Corte de Apelaciones de Rancagua revocó dicha sentencia y rechazó la acción de amparo, considerando que no se acreditó la existencia de un derecho de aprovechamiento inscrito ni la legitimación activa de los actores. Los demandantes recurrieron de casación en el fondo ante la Corte Suprema. La Tercera Sala de la Corte Suprema, por mayoría, rechazó el recurso de casación, confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones. Un abogado integrante disintió, argumentando que la inspección personal y otros antecedentes acreditaban la existencia de la vertiente y el entorpecimiento, por lo que correspondía acoger la acción. La disidencia sostuvo que se cumplían los requisitos de los artículos 408 del Código de Procedimiento Civil y 181 del Código de Aguas.