CivilRechaza

La Corte Suprema de Chile confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaís…

Sentencia · Corte Suprema · 2026

Resumen

La Corte Suprema de Chile confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó una acción de protección interpuesta contra el Servicio Nacional de Migraciones. El recurrente impugnó la resolución que no acogió a trámite su solicitud de residencia definitiva por incumplir el tiempo mínimo de residencia temporal exigido. La Corte consideró que el acto del servicio no era ilegal ni arbitrario, ya que se fundó en la normativa migratoria vigente. Además, se destacó que los antecedentes del recurrente fueron remitidos al departamento competente para evaluar un permiso temporal, manteniendo su situación regular. Por lo tanto, no se vulneró la garantía de igualdad ante la ley del artículo 19 N°2 de la Constitución. La decisión se basó en los artículos 78 de la Ley N°21.325 y 65 N°4 de su Reglamento, que exigen un período mínimo de residencia temporal de veinticuatro meses para postular a la residencia definitiva.

Normas citadas

  • Artículo 19 N°2 Constitución Política de la República
  • Artículo 20 Constitución Política de la República
  • Artículo 78 inciso segundo Ley N°21.325
  • Artículo 65 N°4 Reglamento de la Ley N°21.325
  • Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección
acción de protecciónresidencia definitivaresidencia temporalmigracionesilegalidadarbitrariedadigualdad ante la leyrequisitos de admisibilidad

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.