Resumen del criterio jurisprudencial
La demandante Salud y Gestión S.A. dedujo reclamación tributaria contra la Resolución Exenta N° 2302 de 2013 del Servicio de Impuestos Internos. Con posterioridad, el 18 de diciembre de 2013, la demandante presentó desistimiento del reclamo. El Servicio de Impuestos Internos fue notificado y no se opuso al desistimiento. El tribunal consideró que el desistimiento cumple con los requisitos legales de los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables por los artículos 2 y 148 del Código Tributario. Se acogió el desistimiento y se tuvo por desistida a la parte reclamante. No se condenó en costas. Se ordenó notificar a las partes y archivar.