TributarioAcoge

El Servicio de Impuestos Internos denunció a la contribuyente C.M.S.G. por la comisión…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2024

Resumen

El Servicio de Impuestos Internos denunció a la contribuyente C.M.S.G. por la comisión del delito tributario previsto en el artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario, consistente en utilizar facturas ideológicamente falsas para sustentar créditos fiscales indebidos durante los años comerciales 2017 y 2018. La fiscalización determinó que la contribuyente incorporó en su contabilidad 44 facturas falsas emitidas por dos empresas vinculadas, sin respaldo en los registros de compras y ventas. El tribunal acreditó que la contribuyente actuó como autora de la infracción, causando un perjuicio fiscal de $16.240.649. En consecuencia, se aplicó una multa equivalente al 100% del perjuicio, actualizable conforme al artículo 53 del Código Tributario. La sentencia fue dictada por el juez titular Luis Alfonso Pérez Manríquez del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.

Normas citadas

  • Artículo 161 del Código Tributario
  • Artículo 97 N°4 inciso segundo del Código Tributario
  • Artículo 53 del Código Tributario
  • Artículo 6 letra B número 6 del Código Tributario
  • Artículo 14 letra A) de la Ley sobre Impuesto a la Renta
delito tributariofacturas ideológicamente falsascrédito fiscalinfracción tributariamultaCódigo Tributarioprocedimiento sancionatoriocontribuyente

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.