Resumen del criterio jurisprudencial
CMET demandó a Telefónica Chile por supuestas conductas contrarias a la libre competencia, relacionadas con una campaña publicitaria de planes Dúo y Trío que ofrecía llamadas ilimitadas durante 2007. CMET alegó que la promoción era predatoria y buscaba monopolizar el mercado de telecomunicaciones, infringiendo el artículo 3 del Decreto Ley N° 211. Telefónica Chile defendió la promoción como una estrategia competitiva legítima, señalando que estaba autorizada por la Comisión Resolutiva y sujeta a regulación. El Tribunal analizó si la conducta constituía una práctica predatoria o un abuso de posición dominante, concluyendo que no se acreditó la intención anticompetitiva ni la fijación de precios bajo costo. Sin embargo, observó un posible incumplimiento del Decreto Supremo N° 742/03 por parte de Telefónica Chile, pero no lo consideró materia del juicio. Finalmente, rechazó la demanda con costas, aunque dos ministros estuvieron por no condenar en costas por motivo plausible.