Resumen del criterio jurisprudencial
Subsidio por Incapacidad Laboral. Si una persona sólo tiene dos meses con remuneraciones en los tres meses calendarios anteriores al mes que se inicia la licencia, el cálculo del subsidio se debe realizar con las remuneraciones de esos dos meses. Es decir, la suma de los dos meses de remuneraciones se debe dividir por 90 para obtener el promedio de los tres meses calendario anteriores más próximos al mes de inicio de la licencia.