Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Santiago anuló la sentencia que acogió la tutela, señalando que no se justificó la supuesta exclusividad en el uso de la vivienda. En reemplazo, concluyó que la instalación de cámaras y el ingreso de un tercero no afectaron la intimidad, pues el conflicto se centró en la propiedad del inmueble, fuera del ámbito laboral. Rechazó la tutela y el daño moral, pero acogió el despido injustificado con pago de las prestaciones legales.