Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la interpretación de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo contenida en el oficio N° 2.547, de 2016, y en el plano RM-PRMS-16-38, que acotó el parque urbano proyectado que afectaba un inmueble a sólo una franja de 30 metros en su sector norte, dejando sin efecto el plano anterior de 2011. El organismo concluyó que dicha interpretación se ajusta a derecho, pues se enmarca en el Plan Regional Metropolitano de Santiago y en las facultades del artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Asimismo, determinó que el parque está en la hipótesis del artículo transitorio de la ley N° 20.791, por lo que su declaratoria de utilidad pública sigue vigente, y que tiene carácter intercomunal, de modo que la regulación del plan comunal debe sujetarse al instrumento superior. Finalmente, recordó que los certificados de informaciones previas mantienen su validez mientras no cambien las normas urbanísticas aplicables.