Resumen del criterio jurisprudencial
La Sociedad de Servicios Integrales DM SpA interpuso una acción de impugnación contra la Ilustre Municipalidad de Puente Alto, su Alcalde y el Concejo Municipal, por la dictación del Decreto Exento N°1482 de 3 de julio de 2025 y el Acuerdo del Concejo Municipal de 27 de junio de 2025, que revocaron la licitación pública ID N°2423-30-LR25 para el arriendo de maquinarias, camiones y vehículos. El demandante alegó que la Comisión Evaluadora había recomendado adjudicar la licitación a su representada por obtener el máximo puntaje, pero el Concejo Municipal rechazó sin fundamentos objetivos la propuesta. El Tribunal de Contratación Pública acogió la acción, declarando ilegales y arbitrarios tanto el acuerdo del Concejo como el decreto de revocación. Se reconoció al actor el derecho a demandar indemnizaciones civiles y responsabilidades administrativas. Cada parte pagará sus costas. La sentencia se fundamentó en la jurisprudencia que exige que el rechazo de una adjudicación debe estar motivado en hechos objetivos y respetar las bases de licitación.