Resumen del criterio jurisprudencial
Exfuncionario no tiene derecho al beneficio de la ley N° 19.882, pues su cese se debió a declaración de vacancia por salud irrecuperable, no cumpliendo así los presupuestos para ello. Para acceder al bono de la ley N° 20.305, requiere cumplir los requisitos de su artículo 12.