Administrativo

Exfuncionario no tiene derecho al beneficio de la ley N° 19.882, pues su cese se debió…

Resumen del criterio jurisprudencial

Exfuncionario no tiene derecho al beneficio de la ley N° 19.882, pues su cese se debió a declaración de vacancia por salud irrecuperable, no cumpliendo así los presupuestos para ello. Para acceder al bono de la ley N° 20.305, requiere cumplir los requisitos de su artículo 12.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.