Laboral

Procede que un jubilado o pen­sionado de la Caja de la De­fensa Nacional, CAPREDENA, o…

Resumen del criterio jurisprudencial

Procede que un jubilado o pen­sionado de la Caja de la De­fensa Nacional, CAPREDENA, o de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, DI­PRECA, que continua laborando para una empresa del sector privado, deba cotizar para pensiones en una Administra­do­ra de Fondos de Pensiones A.F­.P., a menos que sea mayor de 65 años si es hombre o de 60, si es mujer, pero en todo caso debe hacerlo para salud, en la institución médico pre­vi­sional correspon­diente.

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.